Transparencia
Artículo 96
Artículo 96
Además de lo señalado en el Artículo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y de los municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.
Fracciones
El Plan Estatal o Municipal de desarrollo, según corresponda
Presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
Las fechas de pago y recepción de las Participaciones y Aportaciones Federales y Estatales a municipios, los montos efectivamente pagados
El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal.
Relación de constancias, certificados, permisos
La información detallada que contengan los planes o programas en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales
Disposiciones Administrativos
Ejecución Obra Pública